Vista el Acta Conciliatoria que antecede, suscrita por los ciudadanos NAYIBE JOSEFINA SANCHEZ RODRIGUEZ y YONNY ALBERTO ALMAO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N°s 9.602.473 y 7.423.033, respectivamente, en beneficio de sus hijos, identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para Protección del Niño Niña y Adolescente, en acto presidido por la ciudadana Juez de la Sala de Juicio N° 3 de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual acordaron:
PRIMERO: El padre se compromete a suministrar por concepto de obligación de manutención la cantidad de OCHENTA BOLIVARES MENSUALES (Bs. 80,00), más el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de los Cesta Tickets que recibe al final de cada mes.
SEGUNDO: El padre se compromete a entregar a sus hijos la totalidad de los bonos que reciba del Ministerio de Educación por concepto de Bono Escolar, Bono de Juguetes, y Bo.....