DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 555 y 614 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 70 ordinal 4º, en concordancia con el artículo 71 numeral 1°, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley, acuerda: PRIMERO: Declinar el conocimiento de la presente causa signada bajo el N° 1904-10 (nomenclatura nuestra), seguida a los adolescentes SE OMITE IDENTIDAD SEGUN ARTICULO 65 LOPNNA, al Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, por la presunta co.....