Se dictó auto mediante el cual esta Corte: reiterar la solicitud realizada mediante decisión Nº 2014-0686 de fecha 2 de junio de 2014, a la Procuraduría General de la República, referente al trámite de expropiación del inmueble distinguido con el catastro Nº BT-19 denominado "Quinta Vasca", ubicado en la urbanización El Paraíso, esquina Callejón Machado con Avenida Los Samanes, en la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, inmueble mencionado por la comunidad sucesoral del ciudadano Octavio Calcaño Vetancourt, particularmente en lo que atañe al pago arrojado por la decisión Nº 2007-01597 dictada en fecha 27 de septiembre de 2007, emanada de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, la cual ordenó a la República Bolivariana de Venezuela pagar a la Sucesión Octavio Calcaño Vetancourt, la cantidad de Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Uno con Diecisiete Unidades Tributaria (5.941,17 U.T.), por concepto de actualización de la indemnización expropiatoria.