En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la Apoderada Judicial de la parte querellada, contra el auto dictado en fecha 13/10/2010, por el Juzgado superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, el cual negó la solicitud de suspensión de la ejecución de la sentencia Nº 2008-1493, dictado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 6/8/2008 dictada en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los Apoderados Judiciales de las ciudadanas AIDA MARGARITA TREJO GIL, ELSY DEL CARMEN DURAN DÍAZ, MIRIAN JOSEFINA RONDÓN RODRÍGUEZ, y otros, contra la CONTRALORÍA DEL ESTADO MÉRIDA, 2. REVOCA de oficio el auto apelado, 3. INOFICIOSO pronunciarse de la apelación interpuesta y 4. IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión del fallo Nº 2008-1493, dictado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.