DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, a tenor de lo dispuesto en el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el Archivo de las presentes actuaciones instruida contra el ciudadano LEANDRO CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.297.990, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado previsto y sancionado en el articulo 452 numeral 8 del Código Penal, , comportando en consecuencia el cese inmediato de las medidas de coerción personal dictadas en contra del referido ciudadano quien pierde la condición de imputado a partir de esta fecha. Asimismo se ordena el cierre de la presente investigación que solo podrá ser reabierta cuando surjan nuevos elementos que así lo justifiquen, previa autorización del Tribunal. A.....