Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 11 de abril de 2011 (F.221), por el abogado Roberto Hung Cavalieri, co-apoderado de la parte presunta agraviada, contra la sentencia dictada en fecha 07 del referido mes y año, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, actuando en sede Constitucional. En consecuencia, SE CONFIRMA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES la referida decisión de fecha 11/04/2011, antes indicada; la cual cursa a los folios 211 al 219, del presente expediente de Amparo.
SEGUNDO: Como consecuencia a la confirmatoria que se estableció en precedencia, y en total atenci.....