HOMOLOGADO el presente convenimiento celebrado en fecha 04 de agosto de 2009, mediante escrito consignado ante este Tribunal, en los términos señalados por las partes, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue el ciudadano JUAN CARLOS LINARES SEQUERA contra la empresa FRIGORIFICO EL ESTABLO DE LA CANDELARIA FRIESCA, C.A., signado con el asunto principal Nro. AP11-M-2009-000178, de la nomenclatura particular de este Despacho, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-