HOMOLOGA dicho convenimiento y DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES en los términos expuestos en la solicitud, de los ciudadanos JOSE ANGEL MARIN PRIMERA y MILWIDA ROJAS PAREDES, sin menoscabo de los derechos de fidelidad, socorro mutuo y contribución al mantenimiento del hogar común, hasta que se declare el Divorcio.