/Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se entrega en calidad de Guarda y Custodia al ciudadano Ysabel Antonio Liscano, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 11.580.806, el vehículo Automotor Marca: Toyota, Color Azul, uso Particular, clase Rustico, tipo Techo Duro, modelo Land Cruiser, serial de carrocería FJ40915111, serial de motor 2F317711, Placas PAV-311, año 1978. A tal efecto, este Tribunal ordena la entrega de dicho vehículo en calidad de depósito y hace la advertencia al ciudadano Ysabel Antonio Liscano que como depositario es responsable ante cualquier tercero de acuerdo a la Ley, por cualquier accidente producido en el uso, goce y disfrute y circulación del referido vehículo. Quedando, en c.....