En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 14 de octubre de 2014, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Sin lugar el reclamo formulado por la parte demandada contra la experticia complementaria del fallo consignada por la experta designada al efecto, GILDA GARCES, de fecha 09 de junio de 2014, en el juicio por reclamación de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la relación de trabajo, seguido por, LUIS RAFAEL CARABALLO LUGO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.181.007; contra la entidad de trabajo, de.....