Esta Corte declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido por la abogada Esperanza Palma, inscrita en el IPSA bajo el Nº 113.399, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Procuraduría General del Estado Apure, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en fecha 25 de noviembre de 2010, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ELVIS DE JESÚS TAPIA MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.816.502, debidamente asistido por el ciudadano Marcos Elías Goitia Hernández, inscrito en el IPSA bajo el Nº 75.239, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte recurrida. 3.- Se REVOCA el fallo. 4.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.