Revisadas como han sido las presentes actuaciones en el juicio por RECONOCIMIENTO DE FILIACION MATERNA y visto el escrito anterior, presentado por la ciudadana: ANDREA DEL CARMEN BENITEZ BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.356.134, de este domicilio, en su carácter de demandado ascendente (Madre), del ciudadano: JOSE RAMON BENITEZ, y habida consideración que ha convenido y reconocido en forma expresa todo lo alegado por el demandante en este proceso en el sentido de que efectivamente el es hijo de la ciudadana ANDREA DEL CARMEN BENITEZ BENITEZ, antes identificada, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO CONVENIMIENTO, en consecuencia téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada entre las partes, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 217 y 223 del Código Civil venezolano. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Juárez del Municipio Irib.....