Recibido como ha sido comunicación suscrita por la Supervisora de la Unidad de Atención a la Victima del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Lara, Abog. Ludmilian Astudillo en la cual informa la necesidad de mantener la medida de protección policial acordada a la denunciante, Ciudadana ADA HERNANDEZ, es por lo que se ACUERDA RATIFICAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN acordada en fecha 29-05-03 por este Tribunal a la prenombrada ciudadana y a su familia. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.