En el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada en fecha 5 de agosto de 2010, por el Juzgado A quo que declaró Parcialmente Con Lugar la querella interpuesta por el ciudadano PEDRO ALBERTO CAMPOS RUIZ contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1. ORDENA a la Gobernación del estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, remita a esta Corte en el lapso de diez (10) días de despacho contado a partir de la notificación del presente auto, expediente administrativo del referido ciudadano. 2. se ORDENA notificar al ciudadano Pedro Alberto Campos Ruiz, para que consigne en original o copia debidamente certificada de las constancias o documentación correspondiente a la relación laboral que tiene con la Policía del estado Apure.