Declara este Juzgado Nacional, Su 1.-COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación intentado por los ciudadanos Ivan Lallo Colucci, Juan José Viera y Wuilliams del Jesús Lares Rivas, respectivamente, asistidos por el abogado Yolvis Moreno García, antes identificados, contra la decisión del Juzgado Superior Estadal del la Jurisdicción Contencioso Administrativa del Estado Bolívar.2.- CON LUGAR el recurso de apelación intentado contra la sentencia emanada en fecha 10 de marzo de 2022, por el Juzgado superior Estadal del la Jurisdicción Contencioso Administrativa del Estado Bolívar. 3.- SE REVOCA el fallo recurrido, y conociendo el fondo de la controversia se declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la acción de amparo constitucional.