Este Juez Primero (1º) de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley CONDENA al ciudadano: GABRIEL JESUS MONJES ABARCA, CI 12.705.546; nacido el 20-10-73, de treinta años de edad, (30) años de edad, hijo de: Julio Monjes y Dilcia de Monjes, de profesión obrero, domiciliado en el callejón once entre 47 y 48, sector caja de agua, casa No 47-54 esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara,a cumplir la pena de una pena de DOS AÑOS, mas las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión POSESION DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Sustancia Psicotrópicas y Estupefacientes, en relación con el artículo 74 ordinal 4 del Código Penal y en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, así como a las penas Accesorias descritas en articulo 16 .....