En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y a tenor de lo establecido en los artículos 221, 230 y 233 del Código Civil, 56 y 75 ultimo aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela correlativamente con los artículos 8, 16, 25, 454 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, conjuntamente con el artículo 177 Parágrafo Primero Literal “ a” de la Ley Orgánica Para la Protección de los Niños y Adolescentes que señala la competencia, DECLARA CON LUGAR la Impugnación de Paternidad, intentada por la ciudadana María Virginia Mattioli Riera, en contra del Ciudadano Francisco Hernández Ruiz, todos ya identificados; y en consecuencia, la adolescente identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, .....