Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 173, 191 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la nulidad absoluta de la decisión dictada el 12 de mayo de 2009, por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual dictó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinales 3, 4 y 8, a los ciudadanos Jairo Alejandro Guerrero Rojas y Herrera Omar Enrique, y en consecuencia se acuerda que otro Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, decida motivadamente la solicitud presentada, por el ciudadano Defensor Público Centésimo (100°) Penal del Área.....