En fecha 22 de mayo de 2018, este Juzgado se pronunció sobre el escrito de pruebas promovido por el Abogado Johnny Galue, actuando en su carácter de apoderado de los ciudadanos Crisostomo García Molero, Reogolo Villalobos, William González, Geraldo Ballesteros y Alexis Acuña y de la Oposición formulada por el Abogado Julio Bacalao Del Castillo, Apoderado judicial de la Sociedad Mercantil 3M Manufacturera Venezuela, S.A., mediante el cual DESECHÓ la oposición formulada por la Representación Judicial del tercero interesado; sobre MERITO FAVORABLE no hay materia sobre la cual pronunciarse, ADMITIÓ la prueba Informes respecto a oficiar al Departamento de Higiene y Salud de la Empresa Carbones del Guasare S.A; INADMISIBLE la prueba de informes requerida al Circuito Judicial Laboral del Zulia y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; INSTO a la parte promovente a consignar los fotostatos requeridos y ORDENÓ notificar a la Procuraduría General de la República.