DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado N° 5 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a lo ciudadano ELIGIO ANTONIO SANTELIZ MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.408.400, de 27 años de edad, hijo de Ligia Rosa Montenegro de Santeliz y Eligio Antonio Santeliz, de profesión u oficio Mecánico, domiciliado en la Calle 9 con carrera 3 Pueblo Nuevo, teléfono 416-7112265, a sufrir la pena de un año (01) y seis (06) meses de prisión por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal; TERCERO: Se revisa la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad por cuan.....