Primero: Declarar la competencia de este Tribunal para conocer, sustanciar y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto el abogado Eduardo García, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 110.153, quien actúa con la condición de apoderado judicial de los ciudadanos Freddy Lezama Cova, Célides Lezama Cova, Otilia Eduvigis Lezama Cova, Esperanza Josefina Lezama Cova y Asención María Lezama Cova, Titulares de la Cédula de Identidad Nros V-4.334.878; V-1.810.305; V-1.814.684; V-2.640.266 y V-2.641.473 respectivamente, contra la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda.
Segundo: Admitir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Eduardo García, ut supra identificado, quien actúa con la condición de apoderado judicial de los ciudadanos Freddy Lezama Cova, Célides Lezama Cova, Otilia Eduvigis Lezama Cova, Esperanza Josefina Lezama Cova y Asención María Lezama Cova, suficient.....