Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 numerales 3, 4 y 9 ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DE LA IMPUTADA FELICIA DEL CARMEN VÁSQUEZ NAVAS, cédula de identidad: N° V-16.385.772, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 27-08-1976, de 18 años de edad, Venezolana, Soltera, residenciado en el Barrio la Playa de Santa Isabel, carrera 10 con calle 1-B, casa Nº 9-3, Barquisimeto, Estado Lara, consistente de PRESENTACIÓN POR ANTE ESTE TRIBUNAL CADA TREINTA (30) DÍAS y PROHIBICIÓN DE CONSUMIR SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS. Se acordo continuar la investigación por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 280 del Código Or.....