Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de tutela ejercida por la ciudadana ROSA ELENA ÁLVAREZ ORTA, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.833.155, toda vez que no se siguieron los procedimientos correspondientes para la tramitación de la misma.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintitrés (23) días de mes de abril del año dos mil nueve 2009. Año 199º de la independencia y 150º de la federación.
EL JUEZ,
JUAN .....