DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano RAMÓN ENRIQUE MÉNDEZ DÁVILA titular de la cédula de identidad Nro. 9.199.673, asistido por el abogado Luis Enrique Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 33.374, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL INTERIOR Y JUSTICIA, a través del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS (C.I.C.P.C.), mediante la cual solicita se deje sin efecto el acto administrativo contenido en el Oficio Nro. 9700-104-1070 de fecha 16 de diciembre de 2011, notificado el 11 de enero de 2012, mediante el cual le fue otorgado el beneficio de jubilación y se emita un nuevo acto.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en .....