En consecuencia esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: ADMITIR el presente recurso, interpuesto por el Abogado ENDER ORDOÑEZ DI PEDE, en su condición de Defensor Publico Auxiliar Primero adscrito a la unidad de Defensa Publica Regional, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 16 de Febrero de 2017, por el Tribunal Único en función de Juicio del Tribunal de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado con el Nº GP01-S-2014-001053, mediante el cual DECLARO SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD, seguido al ciudadano imputado ALEXIS ANTONIO VERA, asunto que se le sigue por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el De.....