Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos: DENNY SABEYDA GUEDEZ OROPEZA y JUAN JOSE PACHECO ANDARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-9.843.185 y V-7.547.965, respectivamente, la primera domiciliada en la Urbanización La Guajira, calle 4, casa N° 2, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez Estado Portuguesa; y el segundo domiciliado en la Urbanización La Guajira, final avenida 1, casa s/n, de la ciudad de Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio YADIRA DEL CARMEN VALERA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.088.450 e inscrita en el.....