Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado ROBERTO JOSE COLMENAREZ DIOTAIUTI, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos HECTOR JOSE CARDENAS LEON, RUBEN ANTONIO FREITEZ MENDOZA y ERWIN ALEXANDER MENDEZ PEREZ, contra el auto de fecha 19 de Julio de 2013 y fundamentado en fecha 02 de Agosto de 2013, mediante el cual el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, Impuso la Medida Privativa de Libertad en contra de los ciudadanos HECTOR JOSE CARDENAS LEON, RUBEN ANTONIO FREITEZ MENDOZA y ERWIN ALEXANDER MENDEZ PEREZ, por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, EXTORSION, DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO Y ASOCIA.....