Este Tribunal para decidir observa:
De la copia certificada de la partida de nacimiento de la niña Michelle Abigail Meléndez Vargas y del acta de nacimiento, expedida por el Hospital Dr. Pastor Oropeza Riera de Carora, se evidencia que no hubo error, ni siquiera se puede hablar de omisión, pues para el momento de la presentación de la niña Michelle Abigail Meléndez Vargas, la madre no informo ningún tipo de dato filiatorio del padre de la niña antes mencionada, por lo que la solicitud ha sido mal planteada por el solicitante asistida por el Defensor Público de Protección. No obstante, a la falla señalada, en beneficio de la niña, para evitar que posteriormente no vaya a tener problemas por no estar asentado los datos filiatorio de su padre, se ordena asentar en su partida de nacimiento los datos filiatorios del padre como: Luis Ernesto Meléndez Santeliz, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.943.367.
Por las razones expuestas y por c.....