Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados, FREDDY JOSE RIVERA, venezolano, natural de Carúpano, de 56 años de edad, nacido en fecha 21-04-1956, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 5.873.561, de profesión u oficio: chofer, Hijo de Padre desconocido y Luisa Rivero y residenciado en: Callejón Giraldot, hacia el cerro, sector La vuelta del Guardia, el Muco, casa s/n, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, y PABLO JOSÉ GUERRA LOPEZ venezolano, natural de El Pilar, de 26 años de edad, nacido en fecha 26-01-1985, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.218.741, de profesión u oficio: herrero, Hijo de Felipe González y Lilia López y .....