Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a las ciudadanas: CARMEN MARIA VELTRI GARCIA, quien es venezolana, de 34 años de edad, natural de Cariaco,del Estado Sucre, casada, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 13.730.720, de profesión u oficio: docente, nacido en fecha 13-08-77, Hija de Simplicia García y Francisco Veltri, Residenciado en: la Urbanización Nueva Casanay, Casa N° 01, vereda 11, cerca del Preescolar, Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, del Estado Sucre y ERIZAIDA MARGARITA RODRIGUEZ NAVARRO, quien es venezolana, de 49 años de edad, natural de Carúpano Estado Sucre, soltera, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.875.823, de profesión u oficio: Comerciante, nacido en fecha 30-09-62, Hija de Carmen N.....