DISPOSITIVA:
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: De conformidad con el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, Se CONDENA a cumplir la pena de UN (01) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias de ley, al ciudadano: Carlos Gregorio Hernández Mújica, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.776.007, natural de Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 26-02-1972, de 37 años de edad, hijo de Samuel Hernández y Petra Mújica de Hernández, con grado de instrucción 6º Grado, de profesión u oficio Albañil, domiciliado en Canorita, Sector El Cuji, Barrio La playa 3, casa S/N, a una cuadra del Pedeval, en Barquisimeto, Estado Lara, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotró.....