Vista la solicitud formulada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE RAMOS ASUAJE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.054.856, obrando en representación de su hijo, el niño XXXXXXXXXXXXX de 08 años de edad, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio VERONICA MARTINEZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad No. 12.859.112 en su carácter de Defensora Pública Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de esta circunscripción judicial, para que este Tribunal emita autorización judicial para tramitar el cobro de bolívares, por concepto de adelanto de prestaciones sociales y otros beneficios, en razón de la muerte de la ciudadana MARÍA ANTONIA BRICEÑO GARCÍA, ocurrida en fecha 26/11/2006, por ante la Asamblea Legislativa ubicada en esta ciudad, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que el niño tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño y del Ad.....