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Decisiones del dia 28/05/2024

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
Paginas 1 [Total de sentencias: 7] Página 1 de 1
N° Expediente : 00879-A-24 N° Sentencia : 2228 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Accion Posesoria Por Perturbacion
Partes:
RONY JONAS PIVARAVICIUS SÁNCHEZ VS PATRICIA MARÍA HANNY ORIOLD
Resumen:
En consecuencia, este juzgador extremando sus deberes cautelares, a fin de generar la paz social en el campo; privilegiando la actividad agraria y la protección especial que la Ley otorga al conuco, como forma de producción agraria, considera que han sido satisfechos los requisitos de Ley, para acordar la medida innominada solicitada pues; de las Actas de Evacuación de Testigo y el Acta de Inspección Judicial levantadas por este Juzgado, se desprende la vocación agrícola del lote de terreno denominado "El Galpón", se evidencia la existencia de la presunción del buen derecho (fumus bonis iuris) de la parte accionante y la amenaza o daño irreparable o de difícil reparación por la definitiva (periculum in damni), al posibilitarse la ocurrencia de actos que afecten el buen desenvolvimiento de las actividades agrícolas, así como, la posibilidad de que la sentencia pueda quedar disminuida, en razón de las presuntas actuaciones realizadas por los demandados (periculum in mora), por lo que deb.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : 00918-A-24 N° Sentencia : 2227 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Accion Derivada De Credito Agrario
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO EL POLO, C. A VS SOCIEDAD MERCANTIL AGRÍCOLA DONELLO AGRIDO, C.A., (AGRIDOCA) Y OTROS
Resumen:
En el caso específico del secuestro judicial, este Juzgador considera que contraría los principios rectores del derecho agrario en los procesos de judiciales. De manera que aun cuando la medida de secuestro pueda entenderse inicialmente como ideal, no lo es así para el caso de bienes de naturaleza agroproductiva, por cuanto implica necesariamente que el bien mueble o inmueble sea retenido para satisfacer obligaciones en litigio, exigiéndose la presencia de un Depósito Judicial el cual estará a cargo de una persona o un tercero que se encargará de la vigilancia del bien, hasta que se emitiere la decisión judicial, lo que no involucra necesariamente que, dicha persona se encuentre apta y capaz o más bien tenga la pericia, los conocimientos de la tierra y del campo, que goce de las máximas experiencias para el cuidado y protección de la unidad de producción agroalimentaria, en donde se desarrollan en lato, actividades agrarias, razón por la que, ésta medida preventiva mas allá de favorece.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00844-A-24 N° Sentencia : 2229 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Accion Posesoria Por Perturbacion
Partes:
GIANPIER MENIN BIGOTTO VS VERA MARIA CALADO FRUCTUOSO Y OTRO
Resumen:
Este Tribunal considera, que la transacción celebrada por la parte demandante, el ciudadano GIANPIER MENIN BIGOTTO, debidamente representado por sus apoderados judiciales abogados Henrry Mosquera y Rafael Ramos y la parte demandada ciudadana VERA MARÍA CALADO FRUTUOSO, representada por sus apoderados Rocío Valbuena Cordero, Luisa Oribio Salinas, María Mendoza y Luis Gerardo Pineda Torre, éste último actuando como apoderado judicial del codemandado SERGIO MORÁN CALADO, en fecha veintiocho (28) de mayo de 2.024, cumple con los extremos de Ley para su procedencia, como lo son: 1) La capacidad para disponer del derecho litigioso. 2) El acuerdo realizado no versa sobre cuestiones que afecten el orden público. Y 3) No se ve afectado ningún bien que sea de especial tutela por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, resulta procedente en este caso HOMOLOGAR LA TRANSACCIÓN, celebrada entre las partes. Y así se decide.-
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00860-A-24 N° Sentencia : 2230 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Medida De Proteccion Agraria
Partes:
CAMILO JOSÉ CORONA GIL VS LUISA BELEN ALAVARADO SANCHEZ
Resumen:
Lo anteriormente expuesto, conlleva lógicamente a considerar que en el presente proceso cautelar autónomo, ha precluido la vigencia de la medida decretada, al haber trascurrido íntegramente el período de vigencia de treinta (30) días continuos establecidos en el decreto cautelar; y la vez, haberse cosechado a total cabalidad el cultivo de arroz por parte del ciudadano CAMILO JOSÉ CORONA GIL, en el fundo "El Murmullo", lo cual constituyen motivos suficientes para considerar CUMPLIDA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN AGRARIA y DECLARAR EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA ACCION CAUTELAR, en el presente juicio y por consiguiente, la terminación del procedimiento, al haberse autosatisfactivamente cumplido (ejecutado), lo ordenado en el decreto cautelar, es decir, por haberse consumado con la pretensión objeto de la acción cautelar, y así se declara. En virtud de lo anterior, resulta inoficiosa la tramitación de los subsiguientes actos procesales pautados que correspondan de conformidad con la senten.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00887-A-24 N° Sentencia : 2225 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
NELSÓN SEGUNDO RODRÍGUEZ VS FIRMA MERCANTIL AGRO LA VAQUERA, C.A
Resumen:
Este Tribunal considera, de la revisión de las actas que conforman la causa, acertadas las razones en que se basó la declinatoria de competencia por parte del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, al constatarse la pretensión sobre acciones y controversias entre particulares relacionado con actividad agraria, por lo que siendo este despacho competente por la materia de la cuestión que se discute, ACEPTA LA DECLINATORIA, de competencia por razón de la materia, efectuada mediante decisión de fecha cinco (05) de Marzo de 2.024, por el referido Juzgado. Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acepta la declinator.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : 00918-A-24 N° Sentencia : 2226 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Accion Derivada De Credito Agrario
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO EL POLO, C. A VS SOCIEDAD MERCANTIL AGRÍCOLA DONELLO AGRIDO, C.A., (AGRIDOCA) Y OTROS
Resumen:
El Tribunal, advierte expresamente que al ser el presente proceso de conocimiento de la jurisdicción especial agraria, LA PRÁCTICA DE LA EJECUCIÓN de la medida nominada dictada, debe atenderse a la holística perspectiva, de los postulados establecidos en los artículos 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1 y 152 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y así ha de mantenerse y asegurar el desarrollo de las actividades agrícolas, en el ámbito de la especialidad y autonomía del derecho agrario, razón por la cual, SE EXCLUYEN EXPLÍCITAMENTE de la ejecución de la presente medida cautelar, todos aquellos bienes propiedad delos demandados que se encuentren vinculados con la actividad agraria, en resguardo al interés público de la continuidad de los procesos agro-productivos en la República. Así se decide.
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00918-A-24 N° Sentencia : 2224 Fecha: 28/05/2024
Procedimiento:
Accion Derivada De Credito Agrario
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO EL POLO, C. A VS SOCIEDAD MERCANTIL AGRÍCOLA DONELLO AGRIDO, C.A., (AGRIDOCA) Y OTROS
Resumen:
En este contexto, advierte este juzgador la confluencia de los requisitos consagrados en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, en el grado establecido en el artículo 244 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; para el decreto de la típica medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, siendo en primer término, el fumus bonis juris, es decir, la apariencia del buen derecho que se deriva de la narrativa libelar y de las pruebas instrumentales aportadas; en segundo lugar el "periculum in mora"; consistente en la posibilidad de que el contenido del dispositivo de la sentencia pueda quedar disminuido, a causa del tiempo del proceso judicial, y de la disposición o afectación de los inmuebles sobre los que recae la acción; lo cual conlleva al tribunal a considerar llenos los extremos indicados en las normas señaladas y a Decretar MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR y GRAVAR, sobre los inmuebles consistentes en: 1:Unas mejoras y bienhechurías, fomentadas en un lote de terreno deno.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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