Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, intentado por la ciudadana YULBIS ANALIS ORTIZ MARTINEZ, contra los ciudadanos JOSE RAMON LINAREZ MENDOZA y JOSE MARIA LINAREZ, ambos identificados.
En consecuencia, se condena a la parte perdidosa, a hacer entrega a la parte actora, el bien inmueble constituido por una vivienda construida con paredes de bloque, pisos de cemento, techos de zinc, puertas y ventanas de hierro, constante de dos habitaciones, baño, sala, cocina, mas dos galpones, el primero de paredes de bloque, piso de cemento y techo de zinc, el cual está ubicado hacia el lindero Sur Este y otro galpón de paredes de bloque, ubicado hacia el lado sur. Que estas bienhecurías están cercadas.....