Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por DESALOJO, intentada por el ciudadano: RAMON TUA MEDINA, venezolano, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° 700.876, y domiciliado en el Caserío La Garza, Parroquia Maparari del Municipio Federación del Estado Falcón, por intermedio de su apoderado judicial: BORIS FADERPOWER, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A.,bajo el N° 47.652, en contra del ciudadano: ALEXIS TUA MELENDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 7.404.147, de este domicilio, representado por la abogada: ANA D¿ORAZIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.069.- SEGUNDO: SIN LUGAR, la solicitud de la CONFESIÓN FICTA solicitada por la representación judicial de la parte actora.- TERCERO: SIN LUGAR, .....