RESPECTO DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE ACTORA,
EL TRIBUNAL DECLARA LO SIGUIENTE:
PRIMERO: Respecto del mérito favorable discriminado en el Capítulo II, numeral "PRIMERO" de esta decisión, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de su admisibilidad en los siguientes términos:
1. Se declara inadmisible el merito favorable de las actas.
SEGUNDO: Respecto de las pruebas documentales discriminadas en el Capítulo II, numeral "SEGUNDO" de esta decisión, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de su admisibilidad en los siguientes términos:
1. Se admiten las pruebas documentales discriminadas en los puntos 2, 4, 9, 11, 13, 14, 24, 25 y 26, salvo su apreciación en la definitiva.
2. Se declaran con lugar las oposiciones formuladas por la parte demandada y se niega la admisión de las pruebas documentales discriminadas en los puntos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 10, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23.
TERCERO: Respecto de las pruebas de informes discriminadas en el Capítulo II, nu.....