declara ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por la Abogada YANITZA DIAZ, en su condición de Defensor Publico, cargo adscrito a la Defensa Publica del estado Bolivariano de Carabobo y defensor de los derechos y garantías del ciudadano MIGUEL ANGEL TOVA TOVAR, en contra la decisión dictada en fecha 10/8/2015, por el Tribunal Sexto en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano Carabobo, en el asunto signado bajo el Nº GP01-P-2015-016448, mediante el cual SE CONDENO A CUMPLIR LA PENA DE OCHO (8) AÑOS DE PRISION al imputado antes mencionado en virtud de la admisión de hechos realizada en audiencia preliminar de fecha 14/6/2016, asunto que se le sigue al mismo por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, DETENTACION DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal en relación con el numeral 3 del articulo de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones .....