Condena al ciudadano Argenis Antonio Nieves Vergara, plenamente identificado en auto a cumplir la pena de tres (03) años y cuatro (04) meses de prisión. Se revisa la medida de Privación Judicial preventiva de Libertad, visto que el condenado tiene privado 21 meses esto de conformidad con el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal, se impone medida Cautelar Sustitutiva de Libertad y se le impone lo establecido en el articulo 256 ordinal 3° como lo es la presentación cada 15 días. Notifíquese, ofíciese. Publíquese y Regístrese la presente decisión.