Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara culpables y penalmente responsables de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD a los Ciudadanos: CARLOS LUIS CARUCCI y ALEJANDRO MALAVE, actualmente recluidos en el Internado Judicial de Uribana, por lo cual los CONDENA , al cumplimiento de la pena de CINCO AÑOS DE PRESIDIO, para ambos acusados, adicionándole al acusado CARLOS LUIS CARUCCI, la pena de un año diez meses y veinte días por haberlo encontrado culpable y penalmente responsable del delito de Hurto Calificado en grado de frustración, tal se estableció en esta decisión, por lo que la pena definitiva del último de los mencionados es de SEIS AÑOS, DIEZ MESES y VEINTE DIAS DE PRESIDIO, y ambos se hacen acreedores a las penas accesorias de ley.