-DISPOSITIVA-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN autenticada por la Notaria Pública Cuarta del Municipio Chacao Estado Miranda, N° 6, Tomo 111, Folios 20 hasta 24, suscrita en fecha 14 de agosto de 2024, por las partes actuantes en este proceso, parte demandante, Sociedad Mercantil EDIFICACIONES EL ROSARIO, C.A, representado por su apoderada judicial, abogado MOISES AMADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.120; y parte demandada, sociedad mercantil BOPA INDUSTRIAL, C.A, y el ciudadano RAFAEL ENRIQUE BOSCHETTI TOBI, debidamente asistidos en este acto por el abogado JOSE IGNACIO IODICE GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.403, en los términos contenidos en la misma. Tén.....