V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la demanda de contenido patrimonial interpuesta.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de contenido patrimonial interpuesta. En consecuencia, se ORDENA a Mauro Rodríguez Rodríguez, a lo siguiente:
2.1 Pagar la cantidad de NUEVE MIL TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES con 50/100 (Bs. 9.039,50) por concepto de capital adeudado.
2.2 Pagar los intereses convencionales a la tasa fija del doce por ciento (12 %) durante todo del plazo de pago, incluidos el mes de gracia.
2.3 De igual forma, se ordena el pago de los gastos de cobranza en los términos solicitados, es decir, al uno y medio por ciento (1.5%); así como los intereses moratorios por tres por ciento (3 %) anual, desd.....