DECISIÓN
Por la motivación precedente éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción incoada por la ciudadana GLORIA DE LA C. CARRILLO DE HERNANDEZ, representado de abogado, identificado UT SUPRA, contra el MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES, en consecuencia, se ordena el pago del los intereses moratorios sobre la cantidad que de Bs. Bs. 59.965.175,17, calculados desde la fecha en que nació el derecho, es decir desde la fecha de jubilación 01 de octubre de 2003, hasta el 09 de diciembre de 2005, fecha en que fueron canceladas las prestaciones sociales, para lo cual se ordena la experticia complementaria del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, y según los lineamientos establecidos en la motivación del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Comuníquese.....