Se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos ALBA YAMILETH MENDOZA ALVAREZ y MIGUEL ANGEL PEREZ FERNANDEZ, ya identificados, ante la Prefectura del Municipio Crespo, Parroquia Freitez, del Estado Lara, en fecha 13 de Diciembre de 1993, bajo el Acta Nro. 78, folio 129, Fte, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese despacho en fecha 1993. Los padres ejercerán de manera conjunta la Patria Potestad de sus hijos, quienes quedarán bajo la Guarda de la madre. El Primer Aparte del Artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla textualmente. “El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos e hijas....” Se fija una Obligación Alimentaría en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000,00 Bs.) MENSUALES, que serán cancelados por el padre y entregados a la progenitora de los niños. Los gastos de médicos, medicinas, odontológicos,.....