DISPOSITIVA.
En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y conforme al artículo 49 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, CONCEDE El PERMISO DE DE 48 HORAS (SABADO Y DOMINGO) que fuera solicitado por el Consejo de Evaluación del Centro de Residencia Supervisada "Dra. Nilda Lucrecia Hernández" para el penado: HERNÁN YIOVANNI RODRÍGUEZ, CI: 14.269.471, de 31 años de edad, nacido en Barquisimeto en fecha 28-05-80, hijo de Ana Coromoto Rodríguez, soltero, obrero, residenciado en Macuto, sector 01, vía principal, casa sin número de color azul, a media cuadra de una bodega, teléfono 04164509272, condenado en fecha 16-10-2008, por el Tribunal de Juicio N° 05 de este Circuito Judicial Penal, med.....