En fecha 8 de agosto de 2019 esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativa dictó sentencia, mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer recurso de apelación interpuesto por el abogado Máximo Febres Siso actuando en su carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (UCV) en fecha 8 de julio de 2019, en contra de la decisión 070-19 dictada el 4 de julio de 2019 emanada del Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, por medio de la cual el referido Juzgado declaró con lugar la acción de amparo propuesta por el ciudadano HENRY HAMDAN FIGUEROA, contra la referida casa de estudios, 2.- SIN LUGAR la apelación en amparo constitucional propuesta por la representación judicial de la Universidad Central de Venezuela y 3.- FIRME la sentencia de fecha 4 de julio de 2019 proferida por el Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.