En la declinatoria de competencia efectuada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil ECONOINVEST CAPITAL, S.A., contra la decisión tomada en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil ECONOINVEST CASA DE BOLSA, C.A., la cual fue celebrada el 10 de septiembre de 2010, previa convocatoria. Se dictó sentencia mediante la cual esta Corte declaró: ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada; ORDENÓ la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a los fines de que se pronuncie acerca de la admisión de la presente causa y, de ser conducente, continúe con el procedimiento de Ley.