Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida por la abogada Annye Morles, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo en Nº 90.441, en asistencia del ciudadano JORGE LUIS SÁNCHEZ ALMAO, contra la sentencia dictada en fecha 11 de julio de 2006 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante la cual declaró sin lugar el recurso contencioso funcionarial interpuesto por el querellante contra la FUERZA ARMADA POLICIAL DEL ESTADO LARA; 2.- DESISTIDO el recurso de apelación incoado; 3.- En consecuencia, queda FIRME la sentencia dictada por el referido Juzgado Superior en fecha 11 de julio de 2006.