En el recurso de hecho interpuesto por el Abogado Jesús Aldemaro Depablos Useche, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros. 53.099, actuando con el carácter de Síndico Procurador del MUNICIPIO GUÁSIMOS DEL ESTADO TÁCHIRA, contra el JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, el cual no oyó la apelación interpuesta por la Representación Judicial del referido Municipio, contra la sentencia dictada por ese Órgano Jurisdiccional de fecha 10 de diciembre de 2015. Esta Corte ORDENÓ: al Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira remitir copias certificadas de las notificaciones emitidas y practicadas con respecto al fallo definitivo dictado el 10 de diciembre de 2015 por esta Instancia Judicial, dentro del lapso de (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación.