Se dictó y publicó sentencia mediante la cual este Juzgado de Sustanciación: ADMITÍO definitivan¡mente la referida demanda de nulidad interpuesta por el abogado LUIS CARLOS MALAVÉ ESAA, IPSA EL Nº 8.429, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PRONTOASISTENCIA, C.A, contra la PA Nº FSAA-2-001320 de fecha 17 de octubre de 2016 ORDENÓ la notificación de la FGR, SUPERINTENDENTE DE LA SUDEASEG, MPP PARA ECONOMÍA, FINANZAS Y BANCA PÚBLICA Y PGR; ACORDÓ abrir el respectivo cuaderno separado a los fines de la tramitación de la solicitud cautelar; ORDENÓ solicitar al SUPERINTENDENTE SUDEASEG la remisión de los AA relacionados con la causa; INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas; ORDENÓ librar cartel de emplazamiento; y, ORDENÓ remitir el expediente judicial a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas.