En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1.-Su COMPETENCIA para conocer y decidir la apelación ejercida por los Apoderados Judiciales de la parte querellada, en contra de la sentencia de fecha 2/08/2010, emanada del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, la cual declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por los ciudadanos DEIBIS ANTONIO MACHADO BRICEÑO, LUIS MIGUEL RUIZ HIDALGO, y otros contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DE CHACAO, 2.-ANULA el fallo apelado, ello en lo referente a la Dispositiva de la sentencia, específicamente en los puntos Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo, 3.-PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.